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Lectura Lacaniana de las máximas de Kant y Sade,
para una aproximación a la Cuestión del Goce

Dolores Leonor Oliva

El clivaje introducido por Kant entre el bien y el bienestar en el cual se funda la conciencia moral, introduce la cuestión del goce. Tal como Aristóteles inicia la reflexión ética con una referencia a la lengua, deslizando el significado de la palabra athos, hay otros, que construyen la ética utilitarista en relación a la oposición de los términos ficción - real, contra el verbalismo aristotélico.

De la misma manera que Lacan nos presente a Kant: "lo que había sido admitido hasta entonces, que se está bien en el bien, reposa sobre una homofonía que la lengua alemana no admite".

Por lo tanto, las operaciones que autoriza una lengua no necesariamente las permite otra y es por esta diferencia que el campo de las articulaciones de la ética abre un nuevo horizonte: el bienestar no es el bien. Esta no está planteada rigurosamente en el comienzo de la Razón Práctica sino en el Capítulo II del Libro 1º, aunque es una noción fundamental en la que se funda la crítica, ¿Cómo se articula? Kant ofrece dos destinos a la razón: estatuto especulativo o seguir sus obrar práctico. La razón en tanto práctica se ocupa de los motivos determinantes de la voluntad, y esta puede ser pensada según dos modelos: como la capacidad de producción de objetos que coinciden con las representaciones del entendimiento, o bien se determina a si misma para lograrla; en términos del Proyecto lo alucina (o sea que ella misma determina su causalidad). En esta segunda vía de la Razón puede llegar a determinar la voluntad, es importante marcar aquí que los motivos importantes de la voluntad no son impulsados por móviles subjetivos, sino por fundamentos objetivos de la determinación de la voluntad.

¿Basta la categoría de causalidad demostrada en la crítica de la Razón Pura para justificar el concepto de voluntad? No, en tanto aparece, el concepto de libertad, y ésta se incluye en la voluntad humana.

Entonces bien, Kant definiría una voluntad patológicamente afectada, cuando hay un conflicto entre máximas y leyes prácticas reconocidas igualmente por el sujeto.

Pero ocurre que en el reconocimiento práctico las máximas por las que nos guiamos no son por eso leyes universales, y que del sujeto de una máxima con la ley se define la voluntad como patología.

Sintetizando, se podría decir que cuando la ley es la voluntad misma, en tanto obra por su querer determinado por la razón, lo que se llama la voluntad pura, la ley universal y la voluntad son la misma cosa. Lacan dice: cuando el sujeto no tiene ante si ningún objeto se encuentra con una ley.

Ahora bien, ¿Cómo saber a priori que representación de un objeto era acompañada de placer, de dolor o de indiferencia? Un principio que se sustenta sobre la condición repentina del dolor o del placer, puede servir de máxima para el sujeto que se lo proponga, pero nunca, podrá servir de ley, porque carecen de las condiciones que caracterizan a éste; la necesidad objetiva y la determinación universal - por lo tanto cuando un sujeto pretende pensar sus máximas como leyes universales, sólo puede hacerlo como principios, que no por la materia sino por la forma contendrán el motivo determinante de la voluntad.

Kant plantea además dos problemas, el primero, atañe a la posición de la libertad y la necesidad y dice así: suponiendo que solo la mera forma legislativa de las máximas sean suficientes para la determinación de la voluntad, encontrar la índole de aquella voluntad que sólo así es determinable. - El segundo se plantea a la inversa - suponiendo que una voluntad sea libre, hablar de ley que la determina de modo necesario -, en tanto que la forma es la condición de la voluntad es también la condición de la ley. Por lo tanto: libertad y ley se refieren mutuamente. No se podría decir que son diferentes, agrega Kant porque son la misma cosa.

Kant enuncia asó, la ley fundamental de la Razón Práctica que dice:

"Actúa de tal forma que la máxima de tu voluntad puede valer siempre como principio de una legislación universal".

Pasando a la cuestión del objeto, se podría afirmar que los únicos objetos de una razón práctica son el bien y el mal. El bien es un principio, es como un objeto necesario de la facultad apetitiva, el mal como una facultad de excecración, pero los dos deberán ser definidos según un principio de razón. Lo bueno y lo malo se definen así por el sujeto mediante la experiencia del objeto en los sentimientos de placer o dolor.

Pero Kant dice: aquí encontramos un obstáculo debido al lenguaje, puwes, en la lengua alemana placer, dolor y mal aparecen diferenciados, se distinguen lo bueno de los agradable y lo desagradable de lo malo, exigiendo de ésta forma que lo bueno y lo malo se deduzcan por la razón y no por la sensación.

Se puede agregar también; que es completamente diferente construir un juicio donde estén en juego lo buen o o lo malo de la acción, que construir un juicio que aluda al placer o al displacer.

Se puede inferir que el bine y el mal jamás se refieren aun objeto ni a una sensación sino a la acción en tanto absolutamente buena o malo que se establece por la máxima de la voluntad. Jamás podría calificarse un objeto como bueno o malo: ya que esto sólo atañe al sujeto. No hay objetos buenos o malos, ningún fenómeno puede favorecerse de una relación constante con el placer, el bien wohl, no rebosa en el bien "gute, sino que se refiere al mal...". "Dolor por más que me atormentes, jamás diré que eres algo malo". Kant.

Este paso Kantiano, bajo la mirada de Lacan se ciñe a esta escisión producida entre el bien y el bienestar que introduce, la cuestión del goce del cual Sade nos da su experiencia.

"Tengo derecho a gozar de tu cuerpo, puede decirme quienquiera, y ese derecho lo ejerceré sin que ningún límite me detenga en el capricho de las exacciones que me venga ganas de saciar en él." Máxima sadista

Hemos visto por el lado de Kant que la articulación de la ley está fundada sobre la exclusión de cualquier objeto que sirva de fundamento al estatuto de ésta, por lo tanto en ausencia de todo fenómeno, quedamos a la escucha de la ley que presenta como "fenómenos significante" que se impone bajo la forma de un objeto, no reconocido por Kant en todo su alcance, la voz de la conciencia.

La voz eludida y elidida del campo moral, operaba a la manera de guía para el sujeto de la experiencia ética hacia la búsqueda del bien, pero este camino siempre se presenta obstaculizado - máxima mediante - por la marca de lo patológico, definiendo esto (lo patológico) como la impronta del objeto que se hace imposible fundar la leyes su derecho propio, la universalidad. De este lugar se puede distinguir la práctica de la razón de un recurso a la razonable. Lo razonable se impone hipotéticamente centrando su fuerza en la generalidad empírica, es así como lo razonable no satisface el estatuto universal exigido para la condición de la ley moral. El recurso a lo razonable, dirigido hacia la generalización, demuestra que el fundamento de la ley que guía la acción no está sino en la mediación de lo patológico que hace obstáculo a la universalidad. Esto es lo que derrumba la ilusión de cualquier legalidad positiva; la que autoriza a todos en una práctica determinada, y es precisamente por esta positividad de su mandato que se muerde la cola, al facilitar un acción buena o al condenar una mala, hace pasar la determinación por otro lugar que no es precisamente la legislación misma. Por lo tanto, la positividad en tanto que indica el sentido de una acción, señala una condición que no es la de la ley moral, sino un recurso a un bien común que no encuentra su fundamento en la ley moral.

Pasando al otro problema: la reciprocidad. En principio se pueden distinguir dos cuestiones, lógica y positiva. La positividad debe ser pensada en esta práctica de la legislación que estalla y que se puede enunciar de esta forma; si se postula el objeto de aquello que se debe cumplir, en ese mismo gesto se devela determinada acción por el objeto y no puede alcanzar su fundamento en la práctica incondicionada de la razón. Cabe recordar que en la ley fundamental de la Razón Práctica queda excluido cualquier objeto. La reciprocidad aparece como el fundamento de la igualdad: como sugiere Leibniz, el comprendiente y el comprendido son a veces iguales, como sucede en las proposiciones recíprocas, por lo tanto la reciprocidad es el resultado de una legislación positiva que coloca a dos sujetos en posiciones equivalentes: lo que vale para uno también vale para el otro.

Lacan nos dice que la estructura subjetiva repugna a la reciprocidad, en tanto definimos al sujeto por el significante. Significante es lo que representa a un sujeto para otro significante. Se define así, por la estructura del significante, el sujeto siempre está entre dos significantes (el lugar del sujeto es el - entre - dos). El significante rechaza por su estructura de corte, la reciprocidad en tanto y en cuanto está fundada en el campo de la pura diferencia. "El significante con que se designa a un significado no es el mismo significante". Este límite del significante que define al sujeto es lo que la experiencia del goce intenta atravesar: a la inversa, es en esta experiencia donde se funda la no reciprocidad.

La máxima sadiana del derecho al goce instituye así, bajo, la condición exigida por Kant, la no reciprocidad: "la introducción del goce".

Partimos de la posición aristotélica, en el campo ético para visualizar el paso dado por Freud, que subvierte toda la reflexión filosófica, luego seguimos el desfiladero Kantiano que sitúa una posición original desabrochando el bien del bienestar que da lugar a la experiencia del goce en Sade.

Ahora a la altura del análisis de las máximas de Kant y Sade, en que ¿Se puede concluir del análisis de las máximas?

De la máxima Kantiana en primera instancia que al lugar de emisión de ésta ley no podría estar sometido por un sujeto fenomenal o sea que no podría sostenerse por un sujeto que encontrarse su determinación encadenando a un objeto, se deberá hablar de un sujeto trascendental, más allá de toda determinación empírica. En segunda instancia, este sujeto trascendental excluye como tal, cualquier reciprocidad entre el lugar de la emisión de la voz y el lugar de la recepción. Es allí que queda instaurada la bipolaridad que ignagura la ley moral que no hace más que redimir a la "rajadura del sujeto" por la intervención del significante que escinde el sujeto del enunciado del sujeto de la enunciación. Y la máxima sadiana por enunciar el derecho al goce, va en el mismo sentido de esta división. Lo que se puede agregar aquí en que exclusión del sujeto, allí donde Kant aseguraba la ley moral, en Sade aparece bajo la forma del agente de tormento.

"Yo digo que tengo derecho a gozar de tu cuerpo, puede decirme quienquiera...".

El análisis de Sade, nos dará una lectura de la máxima. Cortamos la frase con el "quienquiera", posición formal que privilegia su lectura, y que en el texto completo, "puede decirme quienquiera" es una parentética que aparece en el centro de la máxima, diluyéndose la revelación del sujeto en medio de una acumulación de verbos en primeras personas, "tengo", "ejerce", "me venga en gana" que oculta el verdadero sujeto.

Esto nos lleva a pensar que en esta parentética es la tumba de Sade. Distinta función tendría el "quienquiera" de haber encabezado la máxima: "quienquiera puede decirme: tengo derecho a gozar de tu cuerpo...".

Ese quienquiera en posición inicial no hubiera dado lugar a dudas acerca de quien ejerce ese derecho. Esta ambigüedad se desliza entre dos lugares: el sujeto del anunciado y el sujeto de la enunciación. Dice Lacan:

"La dificultad para quien hace la sentencia no es tanto hacer que se convierta en ello como pronunciarla en su lugar".

Esto abre la libertad del Otro en tanto es lo que al discurso del derecho al goce pone como sujeto de la enunciación. Y por otro lado, el sujeto del anunciado parece atrapado, "cada vez que dirige su equívoco contendido", en su propia ambigüedad, en tanto cuanto más autor de la máxima se cree más confiesa, ser objeto del goce del Otro, redundando en esa función por cuanto es el derecho al goce lo que allí se promueve.

Lacan aquí construye su enunciado también bajo una iterativa del presente lo que significa que todas las veces que se pronuncia la máxima ésta se enreda en si misma.

Se puede agregar que ese "quienquiera" escondida en la primeras personas hace que al enunciar el derecho al goce, se precipite como instrumento, del goce del Otro. Esta función de confirmación de servicio por parte del sujeto del enunciado, no sólo se produce en la reiteración de la máxima sino también "cada vez" que se encuentra atrapado al enunciar la primera persona dentro de la máxima misma. "He tenido explica el torturador, la piel del idiota", dice Sade. Lacan se detiene en esta frase en el Seminario de la Angustia para demostrarnos que la voluntad del goce en el perverso es una voluntad que fracasa, porque el perverso no sabe al servio de qué goce ejerce su propia actividad. Se ve que en la articulación ambigua (o mejor dicho anfibiológica) de la máxima del derecho al goce aparece enunciado este no saber en qué se funda su actividad. No es, probablemente, al servicio de su propio goce.

"Es claro que para el sádico el Otro existe y de tal manera es esencial que su radical cuestionamiento no hace mas que decir que la referencia al Otro es crucial en su destino".

Así se vincula con lo que llamaríamos la teología sadiana, la relación de Sade a Dios, "Ser Supremo en Maldad", que guiada por su furioso cuestionamiento no hace sino confirmar el esfuerzo desorbitado, para realizar el goce de Dios.

Es así como Lacan en el articulo titulado "Kant con Sade", desarrollando la idea de una equivalencia entre el bien Kantiano y el mal Sadeano, Lacan pretende demostrar que el goce se sostiene en la obediencia del sujeto a un mandato, sean cuales fueren su forma y su contenido, lo que lo lleva, al abandonar lo que hay allí de su deseo, a destruirse en la sumisión al Otro.

Bibliografía

- Copi, Orving. "Introducción a la Lógica" Bs. As. Eudeba.

- Kant, Emanuel. "La crítica a la razón pura".

- Kant, Emanuel. "La crítica a la razón práctica".

- Lacan, Jaques. Seminario de "La Angustia".

- Lacan, Jaques. Seminario de la ética del Psicoanálisis.

- Lacan, Jaques. Seminario Segundo.

- Lacan, Jaques. "De un discurso que no sería de la apariencia". Seminario 1º de Febrero de 1971.

- Reudinesco, Elizabeth. Plon Michael. Dicc. de Psicoanálisis.

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